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La guerra como circunstancia de fuerza mayor. ¿Qué pasa con las obligaciones contractuales?

La guerra en Ucrania dura más de dos meses. Por tanto, la cuestión del cumplimiento de las obligaciones contractuales es cada vez más urgente. Si al comienzo de la guerra, para muchas empresas ucranianas el plazo para cumplir la obligación no llegaba, con el paso del tiempo surgen cada vez con más frecuencia cuestiones de fuerza mayor o rescisión del contrato que no se puede cumplir.

Por tanto, en este artículo hablaremos sobre si un estado de guerra otorga un derecho incondicional a la exención de responsabilidad por incumplimiento de obligación, cuál es el procedimiento para certificar fuerza mayor en condiciones de guerra, así como cómo actuar si el contrato no lo hace. no contener disposiciones de fuerza mayor.

En primer lugar, observamos que la presencia de fuerza mayor NO exime a la empresa de la obligación de cumplir con los términos del contrato, sino que solo le da un respiro y la exime de responsabilidad. Una parte puede no cumplir con sus obligaciones sólo en caso de rescisión del contrato, de lo que hablaremos con más detalle a continuación.

Procedimiento de certificación

La guerra como circunstancia de fuerza mayor, lamentablemente, no es algo nuevo para las empresas ucranianas. Sin embargo, si en 2014 el territorio de fuerza mayor se limitaba a las zonas temporalmente ocupadas de las regiones de Donetsk y Lugansk, ahora se ha introducido la ley marcial en toda Ucrania. En consecuencia, esto afectó al procedimiento de certificación de tales circunstancias.

Para simplificar al máximo el procedimiento, la Cámara de Comercio e Industria de Ucrania emitió una orden general carta 2024/02.0-7.1 de 28.02.2022, por el que reconoció la ley marcial impuesta en el territorio de Ucrania por circunstancias de fuerza mayor (fuerza mayor).

Así, para confirmar la existencia de circunstancias de fuerza mayor, basta con que las empresas impriman la carta indicada en lugar de pasar por el procedimiento general de certificación de circunstancias de fuerza mayor y recibir un certificado personalizado.

Al mismo tiempo, aún no está claro si dicha carta será aceptada ante el tribunal como confirmación de fuerza mayor. Por lo tanto, si la empresa tiene la oportunidad de postularse a la Cámara de Comercio e Industria y obtener su propio certificado, le recomendamos que lo haga.

¡Prestar atención! El hecho mismo de la introducción de la ley marcial NO ES MOTIVO para el aplazamiento o el incumplimiento de la obligación. Las circunstancias que surgieron en relación con la guerra deberían afectar directamente la capacidad de la empresa para cumplir con su deber. Además, no hay que olvidarse de los llamados "riesgos comerciales", que no están relacionados con fuerza mayor. A continuación se muestran algunos ejemplos:

FUERZA MAYOR

NO ES FUERZA MAYOR

El proveedor no puede entregar la mercancía al comprador debido a que el almacén con la mercancía se encuentra en territorio de hostilidades.

La empresa no puede entregar la mercancía por negativa/ausencia de transportistas.

Debido a las restricciones monetarias del BNU, es imposible pagar los bienes importados.

La empresa ha dejado de funcionar y no puede pagar el alquiler del local.

Como resultado de las hostilidades, las instalaciones de producción de la empresa fueron destruidas.

El fabricante no recibe materias primas para sus productos porque el proveedor ha dejado de trabajar.

Cabe señalar que, dado que la guerra es una fuerza mayor bastante específica e impredecible en el contexto de su escala, duración y consecuencias, se entiende que, bajo determinadas condiciones, incluso aquellas circunstancias que normalmente no son fuerza mayor pueden reconocerse como tales, por ejemplo , la falta de materias primas por el bloqueo del acceso a los puertos marítimos. En este caso, la falta de materias primas no está directamente relacionada con la actuación del proveedor y va más allá del riesgo comercial normal. En cualquier caso, cada situación es individual y requiere un análisis detallado desde el punto de vista de la imprevisibilidad e inevitabilidad de las circunstancias que han surgido.

Notificación de la contraparte

La legislación no establece un plazo establecido para la notificación de fuerza mayor. Por tanto, es necesario guiarse por las disposiciones del contrato celebrado. Si los términos no están definidos en el contrato, notifíquelo tan pronto como tenga conocimiento de la imposibilidad de cumplir las obligaciones. Lo mismo se aplica a la forma de dicho mensaje. Si el contrato estipula cómo (por correo postal, correo electrónico, mensajería) se debe notificar la fuerza mayor, se deben seguir los términos del contrato.

Si el contrato no contiene requisitos sobre la forma de notificación, notifique de la manera más conveniente en las circunstancias dadas, pero asegúrese de poder probar posteriormente el hecho de la notificación a la contraparte.

¿Cómo actuar si es imposible cumplir los términos del contrato en términos de notificación a la contraparte?

A menudo sucede que el contrato contiene requisitos que son imposibles de cumplir incluso en condiciones normales. Por ejemplo, el plazo de notificación es de 2 días hábiles con la adición del certificado TPP. Es evidente que en las condiciones de la ley marcial es imposible cumplir tal exigencia. Además, tal condición es imposible en absoluto, porque según la legislación, el certificado TPP se emite en un plazo de siete días.

Además, para recibirlo es necesario proporcionar la confirmación de la notificación de la contraparte. Es decir, dichos términos del contrato, aunque no contradicen directamente los requisitos de la ley, objetivamente no pueden cumplirse.

En tal caso, le recomendamos que notifique a la contraparte por cualquier medio disponible, incluso en violación de los términos y/o procedimiento especificados en el contrato. Esto será prueba de que la empresa ha tomado todas las medidas posibles encaminadas a notificar a la contraparte.

Le recordamos que incluso si el contrato no contiene disposiciones sobre fuerza mayor, la parte no se ve privada de la oportunidad de referirse a ellas. En tal caso, debe guiarse por las disposiciones de la legislación (artículo 141 de la Ley "sobre las cámaras de comercio e industria de Ucrania", artículo 617 del Código Civil de Ucrania, artículo 218 del Código Civil de Ucrania).

Terminación del contrato

También se dan situaciones en las que, por causas de fuerza mayor, la empresa no puede cumplir sus obligaciones ni siquiera en el futuro (destrucción de capacidades, prohibición de importación de componentes, movilización de empleados, etc.). En tal caso, el contrato puede prever un plazo determinado dentro del cual se concede a la parte un aplazamiento de la obligación por causa de fuerza mayor. Una vez transcurrido este plazo, el contrato puede rescindirse por iniciativa de una de las partes, por ejemplo, tras enviar un aviso de rescisión.

Por experiencia práctica, observamos que es deseable que dicha disposición se establezca en el contrato; de lo contrario, será bastante difícil rescindir el contrato a través de los tribunales, guiados únicamente por las normas de la ley.

La dificultad radica en el hecho de que la práctica judicial sobre este tema apenas se está formando. Incluso con la experiencia de 2014 y el período de cuarentena asociado con el Covid-19, los tribunales siguen adoptando enfoques bastante diferentes, a menudo diametralmente opuestos.

Algunos tribunales permiten la referencia a un cambio significativo de circunstancias (más detalles sobre este motivo se indicarán más adelante) como base para rescindir el contrato, otros consideran que un cambio significativo de circunstancias es un concepto completamente diferente al de fuerza mayor y, por lo tanto, No se permite el uso de este terreno.

Se espera que la actual situación de guerra dé forma a una nueva práctica. Cuál exactamente quedará claro pronto. Mientras tanto, prestemos atención a otra razón que puede utilizarse para rescindir el contrato: un cambio significativo de circunstancias.

Un cambio significativo de circunstancias.

Vale la pena señalar que no todas las situaciones que enfrentan los empresarios ucranianos hoy en día pueden considerarse fuerza mayor. Por ejemplo, debido a la guerra, los precios de las materias primas han subido o la cadena logística ha cambiado tanto que a la empresa no le resulta rentable cumplir dicho contrato, aunque es posible.

En este caso, el contrato puede rescindirse o modificarse en relación con un cambio significativo en las circunstancias (Artículo 652 del Código Civil de Ucrania). Al mismo tiempo, el tribunal deberá acreditar la presencia simultánea de las siguientes condiciones:

  • al momento de celebrar el contrato, las partes asumieron que tal cambio de circunstancias no ocurriría;
  • el cambio de circunstancias se debe a causas que el interesado no pudo eliminar después de su ocurrencia con todo el cuidado y prudencia que se le exige;
  • la ejecución del contrato violaría la proporción de intereses patrimoniales de las partes y privaría al interesado de aquello con lo que contaba al celebrar el contrato;
  • No se desprende del fondo del contrato ni de las costumbres del negocio que el riesgo de un cambio de circunstancias sea asumido por el interesado.

Si al menos una de las condiciones especificadas está ausente o no está probada, el tribunal puede negarse a conceder un reclamo de rescisión o modificación del contrato.

Además, no se olvide de las acciones que preceden a la apelación ante el tribunal. En primer lugar, debe enviar un mensaje escrito a la contraparte con una propuesta para rescindir/modificar el contrato y esperar una respuesta (según el Código Civil de Ucrania, esto es 20 días desde el momento de la recepción + tiempo de circulación postal ). Si dentro de este plazo no se recibe la respuesta de la contraparte, sólo entonces se debe acudir al tribunal. Al mismo tiempo, será necesario acreditar ante el tribunal el hecho de dicha notificación previa a la contraparte, la falta de consentimiento a la rescisión voluntaria del contrato, así como las condiciones antes mencionadas, que indican un cambio "sustancial" en circunstancias.

RECOMENDACIONES  

 Por supuesto, es imposible predecir todos los escenarios posibles de determinadas circunstancias de fuerza mayor. Sin embargo, como muestra la práctica, la mayoría de las empresas o no incluyen disposiciones sobre fuerza mayor en los contratos o especifican una redacción estándar, que en realidad no proporciona ninguna comprensión de cómo deben actuar las partes en caso de tales circunstancias. En este sentido, le aconsejamos considerar lo siguiente en futuros contratos:

  1. Utilice los conceptos de "fuerza mayor" y "circunstancias de fuerza mayor". (en la práctica judicial, hay casos en los que se distinguen estos conceptos).
  2. La forma más fácil de prescribir (correo electrónico, mensajería) y condiciones adecuadas de notificación de la ocurrencia de tales circunstancias. No olvide especificar qué dirección de correo electrónico y número de teléfono se utilizan para la correspondencia.
  3. Determinar los órganos competentes autorizados para certificar tales circunstancias., si se trata de un acuerdo económico exterior.
  4. Regular la posibilidad de resolver el contrato en caso de fuerza mayor que continúe durante un tiempo determinado, de lo contrario la pausa en la ejecución del contrato podrá durar para siempre.

Por último, quisiéramos añadir que no debe descartarse una solución pacífica de la situación. Siempre existe la posibilidad de concluir un acuerdo o realizar cambios en el acuerdo, por lo que las partes determinarán cómo proceder.

La fuerza mayor es una circunstancia excepcional por la cual la parte afectada por tales circunstancias no debe ser considerada responsable. Por lo tanto, la solución más rápida y óptima para las partes en tal situación será un acuerdo mediante concesiones mutuas, en lugar de un litigio a largo plazo.

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