Esto es posible si el contratista o empleado crea objetos de propiedad intelectual (PI).
Hay muchas cosas que pertenecen a OIP:
foto
documentación del proyecto
boceto de diseño
código de programa.
Hay dos grupos de derechos de propiedad intelectual: propiedad y no propiedad. Sólo nos interesan las propiedades, porque sólo ellas pueden ser transferidas. La propiedad incluye el derecho a utilizar el DPI usted mismo, así como a permitir o prohibir que otra persona utilice el DPI.
Si el empleador/cliente no se ocupa del contrato correcto, los derechos de propiedad sobre los DPI pueden permanecer en manos del empleado/contratista.
¿Qué quiere decir esto?
el contratista podrá volver a vender el DPI a cualquiera;
el contratista/empleado podrá exigir una compensación por el uso de los DPI a los clientes de su cliente/empleador;
el contratista/empleado podrá bloquear el trabajo de los clientes de su cliente/empleador.
Un empleado/contratista de este tipo será especialmente valioso para sus competidores.
¿Qué se puede hacer para evitar que esto suceda?
regular claramente en el contrato con el empleado/contratista que todos los derechos de propiedad sobre los DPI se transfieran al empleador/cliente;
establecer el momento de la transferencia de derechos a los DPI;
determinar el procedimiento para el pago de la compensación por DPI. Si está incluido en el salario o remuneración del contratista, deberá indicarse claramente en el contrato.