El procedimiento para abrir materiales a la segunda parte está regulado por el artículo 290 del Código de Procedimiento Penal (CPC) de Ucrania. Según el contenido de las partes 1 a 5 del artículo especificado, el fiscal o el investigador en nombre del fiscal son los primeros en anunciar que se ha concedido acceso al sospechoso y al abogado defensor a los materiales de la investigación previa al juicio.
En la práctica, el investigador pide un "conocido". De este modo, la defensa tiene acceso completo a todos los materiales del proceso penal: interrogatorios, documentos y pruebas físicas.
El hecho de conceder el acceso a los materiales es confirmado por la defensa mediante la firma del protocolo de acceso a los materiales de la instrucción. En la práctica, el sospechoso y el abogado defensor firman en el protocolo que conocen todos los materiales de la instrucción. Este es un error común. Según la parte 9 del artículo 290 del Código de Procedimiento Penal de Ucrania, las partes están obligadas a confirmar el hecho de proporcionar acceso a los materiales, indicando el nombre de dichos materiales. Es decir, en lugar de "ver todos los materiales", el partido debe describir cada documento. Esto hará imposible abusar de la renumeración de las páginas de producción, su reemplazo y la adición de nueva evidencia después de la familiarización.
El procedimiento para la apertura de materiales lo consideraremos durante la instrucción y durante la audiencia judicial.
Investigación previa al juicio
Teniendo en cuenta las normas de la parte 6 del artículo 290 del Código de Procedimiento Penal de Ucrania, la parte defensora está obligada a proporcionar acceso a las pruebas reunidas a petición del fiscal. Pero la defensa tiene derecho a no dar acceso al fiscal a ningún material que pueda utilizar para probar la culpabilidad del acusado.
La defensa tiene derecho a tomar una decisión sobre si concede o no al fiscal acceso a dichos materiales después de que la defensa se haya familiarizado con los materiales de la investigación previa al juicio. Por lo tanto, es conveniente determinar el momento de la apertura de los materiales por parte de la defensa como el momento en que finaliza el conocimiento de los materiales de la investigación. Después de eso, es necesario decidir qué exactamente de los materiales recopilados utilizará la defensa durante el juicio. Son estos materiales los que la defensa debe proporcionar al fiscal.
El investigador proporciona a la defensa un protocolo adecuado para confirmar el hecho del acceso. Y lo hace bien, ya que es en el protocolo donde se registran el curso y los resultados de las acciones procesales de conformidad con la Parte 1 del artículo 104 del Código de Procedimiento Penal de Ucrania. Pero el protocolo sólo lo pueden redactar el investigador y el fiscal, ¿qué puede hacer la defensa? Ofrezco varias opciones.
— una carta valiosa. Enviará una valiosa carta al grupo superior de fiscales, a la que adjuntará materiales que la defensa utilizará durante el juicio.
— la reunion. Informará directamente al grupo de fiscales superiores sobre los materiales y le recogerá un recibo/declaración que confirmará el hecho de la familiarización antes de que finalice la investigación previa al juicio.
— Escribiendo. Enviar carta dirigida al grupo superior de fiscales en el proceso penal, indicando la provisión de acceso al material de defensa en un momento determinado en la dirección del lugar de trabajo del abogado. El lugar realmente no importa.
En el caso de una carta, la defensa sólo notifica al fiscal la posibilidad de familiarizarse con los materiales. Además, en el tribunal será difícil confirmar el hecho de que el fiscal se familiarizó con los materiales, si no llegó para familiarizarse en un lugar y hora determinados.
En otros casos, la defensa tendrá pruebas que confirmen el hecho de que el fiscal tuvo acceso a los materiales que se utilizarán durante el juicio: un recibo, una descripción del archivo adjunto u otro documento. Si resulta problemático obtener una confirmación por escrito, grabe la introducción en vídeo.
La Fiscalía confirma su posición con la ayuda de pruebas encontradas en el proceso penal. La defensa recopila en su expediente los materiales que se presentarán al tribunal durante la investigación de las pruebas. Dependiendo de las tácticas de la defensa, las pruebas pueden incorporarse al material del proceso penal tanto durante la instrucción previa al juicio, mediante la petición correspondiente de conformidad con el artículo 220 del Código de Procedimiento Penal de Ucrania, como durante la audiencia judicial. .
revisión judicial
Después de enviar la acusación al tribunal, llegaron respuestas a las solicitudes del abogado y el cliente también recibió materiales adicionales para su defensa. Ahora tiene cartas, documentos y otros materiales que deben presentarse al tribunal durante la audiencia judicial. Si se viola el procedimiento de apertura de los materiales a la fiscalía, el tribunal no podrá admitir como prueba la información contenida en ellos.
El procedimiento para abrir materiales a la otra parte durante la audiencia judicial prácticamente no está regulado. No existen reglas especiales en el Código de Procedimiento Penal para el descubrimiento durante una audiencia judicial. Sólo queda la norma de la sección "Investigación previa al juicio", parte 11 del artículo 290 del Código de Procedimiento Penal de Ucrania: "Las partes en el proceso penal están obligadas a revelarse mutuamente los materiales adicionales recibidos antes o durante el juicio. "
Tampoco existe ninguna práctica judicial que pueda guiar el orden de divulgación de materiales a la otra parte. El juez no puede tomar decisiones procesales adicionales sobre la base de los resultados del descubrimiento de materiales, por lo que una búsqueda de práctica judicial en el Registro Unificado Estatal de Decisiones Judiciales no arrojará resultados.
Las opciones para abrir los materiales antes de la sesión judicial coinciden con las opciones descritas anteriormente para la investigación previa al juicio: una carta valiosa; reunión escribiendo. El fiscal y la víctima pueden presentarse inmediatamente antes del inicio de la sesión judicial, proporcionar copias de los materiales y, durante la sesión judicial, presentar una solicitud para la inclusión de materiales con referencia a la parte 11 del artículo 290 del Código Penal. Procedimiento de Ucrania.
Si hacerlo directamente en la sesión del tribunal, hay dos opciones.. Al comienzo de cada sesión judicial, el tribunal averigua si los participantes en el proceso judicial tienen una petición. En este caso, el abogado defensor puede presentar una moción para agregar nuevos materiales al caso penal. Posteriormente, mediante la referencia a la parte 1 del artículo 290 del Código de Procedimiento Penal de Ucrania, proporcionar a la otra parte, el fiscal y la víctima, materiales para su inspección. Después de cumplir dichos requisitos, los materiales pueden incluirse en la causa penal.
La segunda opción: durante la audiencia judicial, el abogado defensor solicita abrir los materiales al fiscal y a la víctima y les proporciona materiales para su inspección. Después de la inspección, dichos materiales se agregan a la causa penal. Una opción sencilla que cumple simultáneamente los requisitos de conocimiento preliminar de la otra parte y permite al tribunal utilizar materiales compartidos como prueba.
En ambos casos, la parte que recibe los materiales no puede negar ni hacer otras declaraciones sobre la conexión de los materiales abiertos con el caso penal. El tribunal deberá adjuntar los materiales y evaluar la admisibilidad de la información contenida en ellos como prueba.
Admisibilidad de la prueba
¿Son admisibles los materiales no divulgados obtenidos durante la investigación previa al juicio, pero divulgados durante el juicio? El Tribunal Supremo de Ucrania, en su decisión de 16 de marzo de 2017 en el caso 671/463/15-k, expresó la siguiente posición jurídica:
"La parte 12 del artículo 290 del Código de Procedimiento Civil en realidad prevé una sanción procesal penal contra las partes en el proceso penal, que se aplica en caso de incumplimiento por parte de las partes de su obligación de revelar materiales. En el futuro, el tribunal no tendrá derecho a admitir dicha información como prueba si está contenida en materiales no divulgados. Por lo tanto, la no divulgación de materiales por parte de las partes en el proceso penal entre sí reduce significativamente su base probatoria, lo que, a su vez, puede afectar negativamente la legalidad y validez de la decisión judicial.
La no divulgación de materiales por las partes entre sí de conformidad con el artículo 290 del Código de Procedimiento Penal una vez finalizada la instrucción previa al juicio, así como los materiales adicionales obtenidos antes o durante el juicio, es la base para el tribunal. declarar inadmisible como prueba la información contenida en ellos".
Teniendo en cuenta la situación jurídica de las Fuerzas Armadas de Ucrania, mi opinión es la siguiente. Los materiales que existieron durante la instrucción previa al juicio, pero que no fueron revelados a la otra parte, no tienen valor probatorio durante el juicio. Si los materiales se obtuvieron objetivamente o aparecieron ya durante el juicio, tendrán valor probatorio si se cumplen los requisitos del párrafo 11 del artículo 290 del Código de Procedimiento Penal de Ucrania sobre la divulgación de dichos materiales a la otra parte.
El procedimiento y las opciones propuestas para abrir los materiales dependen no sólo de las tácticas de la defensa, sino que el tipo y el volumen de las pruebas también afectan la forma en que se abren. Sin embargo, la regla general permanece sin cambios: las pruebas deben ser reveladas a la otra parte, de lo contrario no tendrán valor probatorio.
Cargando...