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Supervisión del mercado del Servicio Estatal de Producción y Consumo

Anteriormente escribimos sobre apelación de multas del Servicio Estatal de Producción y Consumo y sobre cómo los controladores comprobar la seguridad de los productos industriales, ¿Y hoy consideraremos cómo el proveedor puede implementar la decisión de eliminar inconsistencias formales?

Si vende productos no alimentarios, puede esperar la llegada de los inspectores del Servicio Estatal de Producción y Consumo con una inspección en el ámbito de la vigilancia del mercado.

Imaginemos la situación: el Servicio Estatal de Producción y Consumo acude a la empresa para comprobar la calidad de un determinado tipo de producto, por ejemplo, juguetes.

Recordaremos que La vigilancia del mercado comprueba el cumplimiento de los reglamentos técnicos de los productos no alimentarios.. De hecho, las funciones del organismo de vigilancia del mercado las desempeñan diferentes organismos según el tipo de producto. 

Así, el Servicio Estatal de Producción y Consumo, en particular, supervisa los aparatos eléctricos y electrónicos: electrodomésticos, herramientas eléctricas, juguetes, equipos recreativos, etc.

Si durante la inspección del organismo de control se detectan infracciones que no suponen un peligro para los usuarios, el Servicio Estatal de Producción y Consumo emitirá una decisión para limitar la comercialización de productos y eliminar la no conformidad.

Semejante Las infracciones pueden estar asociadas con la ausencia del marcado necesario en los productos: marca de cumplimiento de normativa técnica, información sobre el nombre del fabricante, marca y su dirección postal de contacto, número de serie del producto, etc. Sin embargo, sólo el fabricante puede eliminar tales violaciones, es decir, aplicar la marca adecuada.

Por lo tanto, a menudo el único curso de acción en tal caso es devolver la mercancía al proveedor o fabricante para que los productos vuelvan a su estado normal, porque la empresa, como distribuidora de productos, no puede eliminar tales discrepancias de forma independiente.

Sin embargo, pueden existir circunstancias que hagan imposible devolver los productos al proveedor o fabricante. Por ejemplo, el proveedor del producto especificado se niega a emitir una devolución o la empresa que suministró el producto ya no está en el negocio.

Por tanto, surge la pregunta: ¿puede una empresa en tal situación disponer de los productos por decisión propia para no pagar una multa por incumplimiento de la decisión del Servicio Estatal de Producción y Consumo, cuyo monto puede ascender a entre 34.000 a 68.000 jrivnias.

Sí, la cuestión de la destrucción de productos está regulada por la legislación únicamente en relación con los productos peligrosos, que deben ser destruidos por el fabricante después de retirarlos del mercado. Como resultado, el fabricante debe compensar al usuario por el coste total del producto o sustituirlo por un producto similar de alta calidad. 

Sin embargo, la destrucción de productos en caso de infracciones menos graves no está regulada por la legislación, por lo que conviene prestar atención a la práctica judicial al respecto.

Posición de los tribunales respecto de la disposición

Así, los tribunales sostienen la posición de que la eliminación de productos, que se realiza ante la imposibilidad de eliminar la infracción junto con los proveedores, es "una medida adecuada, con cuya ayuda se logra el objetivo de la medida de control". "

Así, la posición del Servicio Estatal de Producción y Consumo ante los tribunales se reduce a menudo al hecho de que "la decisión sobre la destrucción de productos la toma el organismo de vigilancia del mercado. En consecuencia, la empresa no tiene autoridad para destruir (eliminar) productos."

Los tribunales señalan que no existe ninguna prohibición sobre la enajenación de la propiedad por parte del distribuidor, porque él es el propietario de esta propiedad y, por lo tanto, no puede limitarse en su enajenación.

Así, el Segundo Tribunal Administrativo de Apelaciones en la causa N° 520/922/21 afirmó: "La prohibición de destruir los bienes pertenecientes a la empresa constituye una injerencia en la actividad económica interna del sujeto de la actividad empresarial".

Los tribunales llegan a la conclusión de que la aplicación de la multa debe respetar el principio de efectividad y proporcionalidad de la responsabilidad de las entidades comerciales por violar la ley. Y si se elimina la violación de la legislación en el mercado y se retiran de la circulación los productos inapropiados, incluso mediante su eliminación, entonces se logra el objetivo de la medida de control, porque los productos inapropiados ahora no representan una amenaza para nadie.

Al mismo tiempo, los tribunales tienen en cuenta lo siguiente:

  • si al momento de imponer la multa, el Servicio Estatal de Producción y Consumo fue informado sobre la adecuada disposición de la mercancía;
  • ¿Realmente no había posibilidad de interacción con el proveedor del producto?  Según la ley, las entidades comerciales en la cadena de suministro de los productos relevantes están obligadas a cooperar entre sí para que los productos cumplan con los requisitos establecidos.

 

Consejos prácticos

Si la única opción después de la inspección resulta ser la eliminación de la mercancía, vale la pena ir a lo seguro y tomar las siguientes medidas:

  • Notificar al organismo del Servicio Estatal de Producción y Consumo sobre la enajenación mediante el escrito correspondiente. 

Proporcionar evidencia de eliminación, por ejemplo, un contrato de eliminación con la empresa correspondiente, un certificado de aceptación y transferencia de productos, un certificado de eliminación, etc.

Es importante proporcionar evidencia de que fueron productos con violaciones los que se entregaron para su eliminación. Aportar evidencia de que el sujeto a quien se transfirieron los productos tiene derecho a disponer de ellos.

En una carta al organismo de vigilancia del mercado, se puede justificar la legalidad de la decisión haciendo referencia a la práctica judicial para tener capacidad de persuasión.

  • Justificar la imposibilidad de eliminar de otra forma la no conformidad de los productos.

Si el proveedor del producto se niega a emitir una devolución del producto, vale la pena proporcionar evidencia de comunicación con dicho proveedor, por ejemplo, su respuesta escrita: rechazo o evidencia del envío de una carta al proveedor y la falta de respuesta a dicha carta. .

Si el proveedor no realiza actualmente actividad económica y no tiene la capacidad técnica para eliminar la no conformidad formal de los productos, puede aportar prueba de la terminación de la actividad de dicho proveedor o prueba de la apertura de un procedimiento concursal. , o simplemente la presencia de numerosas deudas y detenciones. Para ello es necesario aportar certificados y extractos de los registros correspondientes.

  • Mostrar la cadena de suministro de los productos para proporcionar la información necesaria a las autoridades de vigilancia del mercado en qué dirección avanzar.

Proporcionar los documentos necesarios que permitan rastrear el origen de las mercancías e indicar quién es exactamente el proveedor de los productos. Dichos documentos pueden ser un contrato de entrega, facturas relevantes, etc. Con estas acciones, la empresa ayudará al Servicio Estatal de Producción y Consumo a encontrar otros productos con infracciones.

Por lo tanto, es importante brindar la mayor cantidad de información posible de que la empresa ha tomado todas las medidas necesarias y ha eliminado las infracciones detectadas.

Es importante convencer al organismo de vigilancia del mercado o al tribunal de que la única opción posible para implementar la decisión del Servicio Estatal de Producción y Consumo era deshacerse del producto. Después de todo, debido a esto, los productos serán limitados en el mercado y dicho producto ya no representará una amenaza para los consumidores. 

Si lo visitaron inspectores del Servicio Estatal de Producción y Consumo, siempre puede pedir ayuda a nuestros especialistas. Deja tu número y te llamaremos.

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